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¿Qué hacer cuando un familiar o ser querido fallece en casa?

Por: webmasterlocal
Publicado el: Julio 2020

Estos son los 7 pasos que debe seguir cuando un familiar o ser querido fallece en casa, de acuerdo con la Secretaría Distrital de Salud:

 
1. Llame a su EPS, informe la situación y pida asistencia de un profesional en salud.

*Cuando la persona fallecida no cuenta con una EPS, es población vulnerable o está a cargo del Estado, la Secretaría Distrital de Salud cuenta con un equipo que genera la certificación de la defunción. En este caso, comuníquese a: 3107719549 /3138881340 - 4238230 EXT 1193 o al correo gahd.bogota@saludcapital.gov.co

2. Este profesional en medicina debe verificar las causas del fallecimiento y generar el certificado de defunción en formato físico y digital.

3. De acuerdo con la causa de la muerte, la EPS o el equipo de la Secretaría Distrital de Salud, debe alistar el cuerpo según protocolo de bioseguridad para que el servicio
funerario lo recoja. 

4. El servicio funerario contratado por la familia debe solicitar la licencia que corresponda ante la Secretaría Distrital de Salud
*Si el fallecido no cuenta con un servicio funerario contratado, es población vulnerable o está a cargo del Estado, la Alcaldía Mayor de Bogotá cuenta con auxilios funerarios que pueden gestionarse en la UAESP en la línea de atención 358 04 00 o con la Secretaría de Integración Social al 310 866 27 67.

5. La funeraria debe solicitar la licencia en el servicio al ciudadano de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá (primer piso), de 7 de la mañana a 7 de la noche. Si el fallecimiento se da fuera de este horario debe enviar un correo electrónico a licenciasfunerarias@saludcapital.gov.co. Toda la documentación que exige el trámite, está disponible en el siguiente enlace: https://bit.ly/2D4SOjr. Una vez revisados y validados los requisitos, se enviará la licencia solicitada a través de correo electrónico.

6. Hecha la solicitud de licencia, la funeraria podrá recoger el cuerpo en el domicilio.

7. Por el protocolo de bioseguridad, actualmente no está permitido realizar ritos funerarios a personas fallecidas por COVID-19.

Tenga en cuenta que:
 

  • Si el médico tratante no diligencia o hay inconsistencias en los datos registrados en el formato en línea del certificado de defunción, lo cual impide consultar las causas de la muerte; no será posible realizar el trámite de licenciamiento de cremación. 

 

  • Si la causa de la muerte está asociada a COVID-19, no es necesario esperar el resultado de la prueba para que el servicio funerario contratado por la familia realice el trámite de solicitud de licencia ante la Secretaría Distrital de Salud.