ALCALDÍA LOCAL DE SAN CRISTÓBAL Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

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Los 11 acuerdos entre los vendedores ambulantes de San Cristóbal y la Alcaldía de Bogotá


Dicha firma también implicará un acuerdo tácito de buen uso del espacio público, no solo para el desarrollo económico de cientos de vendedores que viven de sus ventas, sino para el goce de toda la ciudadanía y demás actores que transitan por el mismo.

Este pacto se firmará entre el Instituto para la Economía Social, la Alcaldía Local de San Cristóbal y los vendedores informales del sector, y es un acuerdo que hace parte de una acción colectiva que fue construido a través del diálogo y la participación.

Sumándose al total de 13 pactos que se han firmado en los últimos tres años para garantizar el buen uso del espacio público, este ejercicio dio como resultado 11 compromisos para la organización de las ventas informales, descritos así:

  • Acato de la normatividad vigente para la correcta utilización del espacio público, evitando ocupar las vías, garantizando la libre movilidad de transeúntes, manteniendo el espacio determinado para la realización de mi actividad económica.
  • No a la comercialización de mercancía ilegal, no a la promoción del trabajo infantil y una promoción permanente por la cultura de la legalidad.
  • Los vendedores no portarán armas ni elementos cortopunzantes, y en caso de tener estos últimos, será solo como herramienta para el desarrollo de la actividad económica de los suscritos, y nunca con la finalidad de lastimar a otra persona.
  • Cumplimiento con la norma sobre niveles de ruido permitido, garantizando el descanso y la salud de los transeúntes y vecinos del sector, cuando por razón de la actividad se utilizan equipos de sonido y parlantes. El compromiso es a no usar elementos que obstaculicen ni alteren la integridad visual ni auditiva de los transeúntes y vecinos del sector, ni dañen la estética del entorno.
  • Los firmantes se abstendrán de vender y consumir bebidas embriagantes, cigarrillos y sustancias psicoactivas en su lugar de trabajo, ni mucho menos promoverán su uso.
  • Respeto por los horarios autorizados por la Administración local para el desarrollo de la actividad económica, el cual no puede ser más tarde de las 8:30 p.m.
  • Disponer de las basuras fruto de la actividad comercial en los puntos adecuados en los días y horas autorizados y en los lugares establecidos.
  • Cumplimiento con todas las normas sanitarias establecidas para preservar la salud y el bienestar de los ciudadanos.
  • No utilizar vehículos automotores para venta y comercialización de productos, ni ocupo las vías vehiculares para este fin.
  • Participación en jornadas especiales, eventos académicos e informativos, convocados por la Administración Local, IPES, por los colectivos de vendedores informales o alguna otra Institución.
  • Acatamiento de lo dispuesto en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia (Ley 1801-2016) y tener claro que el presente manual de convivencia no le confiere a los firmantes el derecho real sobre el espacio asignado. Por lo tanto, no se puede transferir, ceder o entregar a terceros la utilización del espacio asignado por el Distrito, ni mucho menos alquilarlo o venderlo.


En los medios
En una cruzada por organizar el espacio público de la ciudad, sobre todo en las zonas de mayor aglomeración y desorden, más de 100 vendedores informales ubicados en la localidad de San Cristóbal (en la carrera 6ta) y que han sido caracterizados por el Instituto para la Economía Social, IPES, firmarán un pacto para la autorregulación del espacio público.